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    El Consell aprueba el decreto que regula el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana

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    – La nueva normativa ofrece una regulación completa del Registro, adaptada a la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat Valenciana
    – Se inscribirán de forma gratuita empresas, establecimientos y entidades prestadoras de servicios turísticos

    El Consell ha aprobado el decreto que regula el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

    Esta nueva normativa ofrece una regulación completa del Registro, adaptada a la Ley 15/2018, de 7 de junio, de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat Valenciana, que lo reconoce como un registro público, en el que se inscribirán, de oficio, las empresas, establecimientos y personas o entidades prestadoras de servicios turísticos de la Comunitat Valenciana.

    La inscripción en el registro será gratuita y su régimen de organización y funcionamiento se determinará reglamentariamente. Por ello, Turisme Comunitat Valenciana ha elaborado una regulación completa del mencionado registro, que desarrolla y se adapta a las prescripciones legales vigentes.

    El decreto se divide en cuatro títulos, con un total de diecisiete artículos, dos disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y dos disposiciones finales. Esta regulación ha tenido en cuenta las distintas tipologías de empresas turísticas previstas en la ley, su clasificación y modalidad.

    La finalidad de este registro es servir de instrumento de conocimiento del sector turístico y de información para el ejercicio de las potestades administrativas que ostenta la administración turística, de forma que facilite las actividades de ordenación, inspección, control, verificación, programación y planificación a ella atribuidas, así como el suministro de información a las personas o entidades interesadas.

    Durante el procedimiento de elaboración y tramitación del decreto se han realizado los trámites de consulta previa, información pública y de audiencia a las entidades que agrupan intereses relacionados con su objeto y se han emitido los informes preceptivos de la Abogacía General de la Generalitat y del Consell Jurídic Consultiu.

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