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    El Consell flexibiliza los criterios para el reconocimiento de la condición de municipio turístico de la Comunitat Valenciana

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    – Se incluye como novedad la diversificación en tres categorías: municipio turístico de excelencia, relevancia y singularidad

    El Consell ha aprobado el decreto de modificación del Decreto 5/2020 de 10 de enero, del Consell, de regulación del estatuto del municipio turístico de la Comunitat Valenciana, para flexibilizar los criterios de reconocimiento de la condición de municipio turístico.

    El Decreto 5/2020 del estatuto del municipio turístico, aprobado en enero de 2020, contempla la evaluación anual de su aplicación y en su caso, la propuesta de medidas de modificación y mejora. Habiendo transcurrido más de veinte meses desde la entrada en vigor, se ha procedido a dar cumplimiento a esa evaluación, contando con la colaboración de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP).

    De este modo, se han planteado varias modificaciones del Decreto 5/2020, con el objetivo principal de flexibilizar los criterios para el reconocimiento de la condición de municipio turístico, de manera que este reconocimiento se pueda ampliar a un mayor número de municipios de la Comunitat Valenciana.

    Entre las modificaciones que se han aprobado se incluye como novedad la diversificación en tres categorías: municipio turístico de excelencia, municipio turístico de relevancia y municipio turístico de singularidad, en cumplimiento del artículo 29 de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad, que señala que ‘el estatuto del municipio turístico podrá diversificar la condición de municipio turístico en virtud del grado de cumplimiento de los criterios y obligaciones establecidos’.

    Asimismo, se ha concretado la forma de cumplimiento de alguna de las obligaciones exigidas.

    La introducción de tres categorías obliga a introducir cambios en los artículos 5, 6, 7 y 8, relativos a los criterios para el reconocimiento de municipios turísticos en sus diferentes categorías y la modificación de los artículos 2, 20, 21 y 22, motivada por la posibilidad de modificar o perder el reconocimiento en una determinada categoría.

    La modificación del Decreto 5/2020 de regulación del estatuto del municipio turístico de la Comunitat Valenciana entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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